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jueves, 14 de agosto de 2014

Interredes

Estimado Abonado Nos comunicamos con Ud. en esta oportunidad, para informarle las medidas que la Empresa debe tomar en forma inevitable, motivadas por el difícil momento que vive la economía de nuestro país, que nos afecta en forma directa a todos, como son inflación creciente, incremento en costo de financiamiento, inestabilidad monetaria, etc. El objetivo de esto es garantizar el normal desarrollo de nuestra actividad y de esa forma poder mantener el servicio que nos hemos comprometido a brindarle. Por lo expuesto, les informamos que a partir del 01-04-2014 la factura del servicio poseerá un único vencimiento y se pondrá en plena vigencia el Art. Vigésimo Quinto de las Condiciones Generales del Servicio: “El Suscriptor deberá abonar a Interredes S.A. el servicio mensual en forma adelantada en la fecha de vencimiento indicada en la factura emitida por Interredes S.A., en el domicilio de Interredes S.A., o a través de cualquiera de las vías de cobro que Interredes S.A. autorice. La mora se producirá por el mero vencimiento del plazo de pago. La falta de pago en término generará la aplicación automática de cargo administrativo mensual sobre el abono del servicio. Interredes S.A. podrá suspender el servicio, sin necesidad de intimación previa, si el Suscriptor se encuentra en mora respecto a dos facturas Interredes S.A. podrá retirar el equipo (para equipos en comodato), sin necesidad de intimación previa”. Apelando a su entendimiento y colaboración, quedamos a su disposición ante cualquier consulta que crea conveniente.

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